EL CONCEJO

Es el órgano legislativo y de control del gobierno municipal. Los concejales y concejalas que lo integran, elegidos mediante el voto popular, representan a los vecinos y vecinas platenses. Junto con el Departamento Ejecutivo, encabezado por el Intendente, constituye el gobierno de la ciudad.
 
Mediante el debate de ideas y la construcción de consensos, el Concejo Deliberante elabora y sanciona normas relativas a la vida común de la ciudadanía y su acceso a derechos, tales como salud, educación, trabajo, ambiente, obras públicas, tránsito, transporte, entre otras cuestiones. 
 
Se trata de un órgano plural y democrático, ya que sus integrantes representan a diversos espacios e ideas políticas y sus decisiones se sujetan a la voluntad de la mayoría establecida en votación durante las sesiones legislativas (de acuerdo al Reglamento Interno y la Ley Orgánica de Municipalidades). 

Concejo Abierto, Participativo, Cercano y Comprometido 
El Cuerpo Legislativo es un espacio de diálogo y debate y constituye la caja de resonancia de las diversas voces que forman parte de la comunidad. Por eso, es de vital importancia la construcción conjunta de un Concejo: 
 
  • Abierto: que garantice el derecho de acceso a la información por parte de la ciudadanía a través de diversas herramientas y soportes, en especial las nuevas tecnologías de la comunicación
  • Participativo: que todas las voces sean escuchadas y puedan aportar sus ideas o manifestar sus inquietudes;  
  • Cercano: que tenga sus puertas abiertas para atender y dar respuestas a las demandas de la comunidad;
  • Comprometido: que se involucre con las distintas causas y consignas que forman parte de una identidad cultural plural y diversa. 
 
¿Cómo está compuesto el Concejo?
La cantidad de concejales con los que cuenta un distrito se establece según su número de habitantes. En la ciudad de La Plata, el Concejo está integrado por 24 representantes de los distintos partidos políticos, elegidos/as en votación secreta, universal y obligatoria en elecciones generales. Sus mandatos duran cuatro años y se renuevan por mitades. 
 
¿Que hace el Concejo?
Mediante el debate de sus integrantes y la participación ciudadana, se ocupa de elaborar proyectos legislativos y sancionar disposiciones y/o regulaciones que promuevan el ordenamiento y el mejoramiento de la vida pública local, de conformidad con las leyes nacionales y provinciales vigentes. 
 
Algunas de las atribuciones del Concejo son:
 
  • Aprobar el presupuesto anual del Municipio, solicitando al Departamento Ejecutivo informes acerca de la finalidad, monto y pertinencia de los gastos;
  • Dictar las normas que regulan el tránsito, el transporte, la habilitación de comercios, la zonificación, los edificios y espacios públicos; 
  • Fijar tasas y contribuciones; 
  • Ordenar la prestación de servicios públicos como alumbrado, barrido y limpieza, transporte de pasajeros, obras sanitarias y demás; 
  • Controlar las acciones del Departamento Ejecutivo
     
¿Qué tipo de proyectos legislativos existen? 
Todo asunto promovido por los concejales y concejalas deberá presentarse al Concejo en forma de Proyecto de Ordenanza, Decreto, Resolución o Comunicación
 
En particular, las ordenanzas son aquellos proyectos que disponen la creación, modificación o derogación de normas de carácter general, cuyo cumplimiento competa al Departamento Ejecutivo y/o a particulares.

Para conocer más información sobre la organización y/o funcionamiento del Concejo Deliberante, consultá el Reglamento Interno